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Según publicó el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el pasado 8 de septiembre, las ayudas son de hasta 500 euros mensuales de renta y 200 más para comunidad y suministros, con un límite anual por ambos conceptos de 6.000 euros.
Podrán ser beneficiarias las personas que se encuentran en alguna de las siguientes circunstancias específicas: ser víctima de violencia de género; haber sido objeto de desahucio judicial de su vivienda habitual y lanzamiento de la misma; u otras circunstancias de vulnerabilidad que impidan hacer frente al pago del alquiler de la vivienda habitual y no dispongan de una vivienda en propiedad o en régimen de usufructo, en donde puedan habitar tras la acreditación de la condición de víctima de violencia de género, o el desahucio de su vivienda habitual o la consideración de especialmente vulnerable y cuya habitabilidad sea compatible con dichas situaciones.
El plazo para solicitar esta subvención finaliza el 30 de noviembre. Las personas solicitantes deberán acreditar su situación mediante informe de los servicios sociales comunitarios. La delegación municipal de Asuntos Sociales también podrá tramitar dichas solicitudes, con autorización de las personas interesadas, si estas carecen de medios telemáticos y de certificado digital.